Economía

Impuesto a las Ganancias: a quiénes alcanzará si se aprueba la Ley Bases en el Senado

La Cámara de Diputados le dio luz verde este martes a la Ley Bases consensuada entre el Gobierno y diversos sectores de la oposición que resultaron afines a su agenda política. Entre los puntos aprobados tras 29 horas de debate está la reintroducción del impuesto a las Ganancias, que había sido derogado en septiembre de 2023.

Si el Senado aprueba el actual proyecto, cuyo nombre oficial es Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, casi un millón de trabajadores volverá a pagar el impuesto a las Ganancias a excepción de quienes están en la categoría tributaria más baja porque cobran menos de un salario bruto de $ 1.800.000 por mes (o sea, de $1.494.000 netos).

A partir de los $ 1.800.000 brutos mensuales (en lo que se conoce como «mínimo no imponible para empleados solteros») se pagará el impuesto a las Ganancias, a menos de que apliquen deducciones por cónyuge ni por hijos, ni tampoco por determinados gastos que podrán descontarse del ingreso a los fines del cálculo del tributo.

Así, un asalariado con una remuneración bruta de $ 3.200.000 que no tenga deducciones ni por cónyuge ni por hijos, ni tampoco por gastos como alquiler o servicio doméstico, pagaría un impuesto mensual de $ 247.564,83 por Ganancias. Ese cálculo implica que el monto a pagar equivaldría al 7,7% del sueldo bruto.

En cambio, si se trata de alguien con ese mismo ingreso y soltero, pero que declara deducciones por dos hijos menores a 18 años, entonces el monto sería de $ 189.796,73 mensuales, lo que representa el 5,9% de su sueldo bruto.

Para un trabajador casado con dos hijos menores a cargo, el pago por Ganancias será de $133.999,98, el 4,2% de su salario bruto.

Con un salario bruto de $ 5.100.000, el descuento mensual por Ganancias sería de $ 821.050 para un soltero sin hijos (el 16,1% de su salario bruto); de $ 735.408,07 para un empleado soltero con dos hijos a cargo (el 14,4% del bruto); y para alguien casado con dos hijos menores a cargo, el pago por Ganancias será de $ 659.999,97, el 12,9% de su salario bruto.

En el caso de un empleado soltero que tenga dos hijos menores a 18 años declarado a su cargo, el salario bruto más bajo alcanzado por el impuesto sería de $2.100.000, que equivale a un sueldo neto de 1.781.277,39 pesos.

Para un empleado casado con dos hijos menores a cargo, estará eximido del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $2.400.000, es decir un sueldo neto de 2.081.277,39 pesos.

Escalas y deducciones en el nuevo impuesto a las Ganancias

Las escalas de alícuotas serán más progresivas y se moverán en el rango de entre 5% y 35% mientras que la tasa máxima empezará a aplicarse a partir de un ingreso de $ 36.450.000 por mes.

Los tramos de las escalas presentan un incremento de entre un 32,07% y un 150,73% respecto al fallido proyecto de Ley Ómnibus que presentó el Gobierno en enero pasado.

Por otro lado, el proyecto establece que las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto se ajustarán anualmente por la variación el Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Indec del mes de octubre del año anterior respecto a octubre de un año atrás.

Las deducciones personales aumentarán entre un 183,75% y un 186,65% y no hay cambios respecto a la deducción especial para determinados jubilados y pensionados que se mantiene en 8 haberes mínimos garantizados.

Con el nuevo proyecto, se eliminan deducciones por gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones, por material didáctico que se paga a docentes, entre otras. También, se deroga el incremento del 22% de las deducciones personales para los empleados y jubilados que residen en la zona patagónica.

Por otra parte, se eliminan exenciones para el Sueldo Anual Complementario, más conocido como aguinaldo, para la diferencia del valor de las horas extras y el de horas trabajadas en días feriados, inhábiles y durante los fines de semana, para determinados suplementos correspondientes al personal militar y para guardias obligatorias y horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud.

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