Economía

AFIP extendió el plazo para completar la recategorización del monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este lunes la prórroga para que completar el trámite obligatorio de recategorización del monotributo.

Así quedó plasmado en la Resolución General 5534/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la titular de la AFIP, Florencia Misrahi. Allí se dispuso «extender hasta el 9 de agosto de 2024, inclusive, el plazo establecido en el primer párrafo del artículo 20 de la Resolución General N° 4.309, sus modificatorias y complementarias, a efectos de cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2024».

La AFIP aclaró además que «las obligaciones de pago resultantes de la citada recategorización tendrán efectos para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025».

De esta manera los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), más conocidos como monotributistas, «podrán cumplir con las obligaciones de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondientes al período agosto de 2024, hasta el 28 de dicho mes inclusive».

La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría. En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite.

Cómo hacer la recategorización del monotributo

  • Acceder al Portal Monotributo: Ingresar con la clave fiscal. Si no se posee una clave fiscal o se ha perdido, es necesario gestionarla nuevamente.
  • Ingresar a la opción recategorización: Detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.
  • Imprimir la nueva credencial de pago: Una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible.

Es importante tener en cuenta que el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, no en el momento de realizarla.

Para calcular la recategorización del monotributo, es fundamental revisar el cuadro de Montos y categorías vigentes disponible en el portal de la AFIP. Este cuadro permite establecer los parámetros y valores a abonar por los monotributistas según sus ingresos brutos.

Monotributo: nuevas escalas

La tabla de topes de facturación anual completa queda de la siguiente manera:

Categoría A:

  •  Valor anterior: 2.108.288,01 pesos
  • Valor nuevo: 6.450.000 pesos
  • Porcentaje de aumento: 206%

Categoría B:

  •  Valor anterior: 3.133.941,63 pesos
  • Valor nuevo: 9.450.000 pesos
  • Porcentaje de aumento: 202%

Categoría C:

  •  Valor anterior: 4.387.518,23 pesos
  • Valor nuevo: 13.250.000 pesos
  • Porcentaje de aumento: 202%

Categoría D:

  •  Valor anterior: 5.449.094,55 pesos
  • Valor nuevo: 16.450.000 pesos
  • Porcentaje de aumento: 202%

Categoría E:

  •  Valor anterior: 6.416.528,72 pesos
  • Valor nuevo: 19.350.000 pesos
  • Porcentaje de aumento: 202%

Categoría F:

  •  Valor anterior: 8.020.660,90 pesos
  • Valor nuevo: 24.250.000 pesos
  • Porcentaje de aumento: 202%

Categoría G:

  •  Valor anterior: 9.624.793,05 pesos
  • Valor nuevo: 29.000.000 pesos
  • Porcentaje de aumento: 201%

Categoría H:

  •  Valor anterior: 11.916.410,45 pesos
  • Valor nuevo: 44.000.000 pesos
  • Porcentaje de aumento: 269%

Categoría I:

  •  Valor anterior: 13.337.213,22 pesos
  • Valor nuevo: 49.250.000 pesos
  • Porcentaje de aumento: 269%

Categoría J:

  •  Valor anterior: 15.285.088,04 pesos
  • Valor nuevo: 56.400.000 pesos
  • Porcentaje de aumento: 269%

Categoría K:

  •  Valor anterior: 16.957.968,71 pesos
  • Valor nuevo: 68.000.000 pesos
  • Porcentaje de aumento: 301%
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