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Ahora te podes inscribir en el padrón del IPV: enterate cómo y cuáles son los requisitos

A partir de este lunes 20 de Julio, el Instituto Provincial de la Vivienda habilitará nuevamente la posibilidad de inscribirse por primera vez en el padrón del IPV. Debido a la cuarentena, estos trámites no se realizaban debido a la atención en el Centro Cívico con metodología de guardias mínimas.

Para realizar este trámite, es obligatorio contar con un turno gestionado a través del portal turnos.sanjuan.gob.ar. Es decir que quienes no cuenten con dicho turno online previo, no serán atendidos.

Cómo sacar un turno

  • Ingresá al portal web de turnos.
  • Completá tu DNI y hace clic en “buscar”
  • Una vez cargado tu DNI, ingresá tu correo electrónico y número de celular. Luego seleccioná el CAPTCHA y hacé clic en «siguiente» para continuar el proceso de solicitud del turno
  • En el menú desplegable seleccioná la opción “Instituto Provincial de la Vivienda- Inscripción” y hace click en “siguiente”.
  • En el menú desplegable, seleccioná “Inscripción” y hace clic en “siguiente”.
  • Seleccioná la fecha y horario en el que deseás realizar el trámite y hace clic en “siguiente”.
  • ¡Listo! Recibirás la confirmación de tu turno por mensaje de texto y en la dirección de correo que completaste anteriormente.

Requisitos para inscribirse en el IPV

  • Para inscribirse en el IPV es necesario contar con grupo familiar y no poseer un terreno y/o inmueble a nombre de ninguno de los inscriptos.
  • Previa a la inscripción se realizará una verificación de bienes en el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), en caso de figurar algún bien en ese sistema, se solicitará el informe del registro de la propiedad.
  • DNI original de todo el grupo familiar
  • En caso de discapacidad, presentar certificado expedido por la Dirección de Discapacidad
  • En caso de pertenecer a las fuerzas de seguridad (policía o servicio penitenciario), presentar credencial que lo acredite
  • En caso de ser ex combatiente de Malvinas, presentar certificado otorgado por el Ministerio del Interior
  • Acta de Matrimonio y en caso de concubinos, presentar certificado de unión convivencial
  • Acreditación de ingresos del grupo familiar
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