El Gobierno oficializó un nuevo aumento del gas: cuánto habrá que pagar en marzo y mayo

A través de diez resoluciones publicadas este miércoles en el Boletín Oficial –una por cada empresa distribuidora– el Gobierno oficializó los aumentos que se aplicarán a las tarifas de gas a partir de marzo y también el aumento pendiente que se definirá para el mes de mayo (que se aplicará al servicio de distribución).
Los nuevos cuadros tarifarios deberán ser aplicados por las empresas distribuidoras Metrogas, Camuzzi, Gasnea, Naturgy, Redengas, Litoral Gas, Gasnor, Distribuidora Gas del Centro, Distribuidora Gas Cuyana. Según fuentes oficiales, el aumento promedio que se verá reflejado en las próximas facturas de los usuarios es del 15% y corresponde al precio del gas antes de su ingreso al sistema de transporte (PIST), uno de los componentes del precio final de la factura.
El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) dispuso a partir de este miércoles un incremento del 28% en el precio del gas, con un impacto variable en la tarifa final de 15% en promedio. Este porcentaje varía de acuerdo a la segmentación tarifaria por capacidad económica de los usuarios: 21% promedio para usuarios de Nivel 1 (altos ingresos) y 19% para el Nivel 3 (ingresos medios, según se supere o no el tope de consumo correspondiente). En tanto, los usuarios del Nivel 2 (ingresos bajos) no tendrán incremento.
Sin embargo, los nuevos cuadros ya vigentes aun no incluyen la suba pendiente del costo de distribución, que se espera que sea publicada en los próximos días. Del total de la factura, el precio del gas representa un 57% del total y la distribución cerca de un 12% sobre el precio final.
Según la presentación realizada por las empresas distribuidoras durante la audiencia pública donde se discutieron los futuros aumentos para el sector,la remuneración de la distribución aumentó muy por debajo de todos los indicadores de la economía. Fue un 80% desde diciembre de 2019 hasta diciembre de 2022. Una tercera parte en comparación con las subas de la inflación o de los salarios, por ejemplo.
Por otra parte, en la resolución se consideró “oportuno y conveniente” diferir la aplicación del cómputo de las DDA (Diferencias Diarias Acumuladas) hasta la aprobación de los cuadros tarifarios que resulten de una Revisión Tarifaria Integral (RTI), ya que en la mayoría de los casos alcanzan valores absolutos muy elevados. Las diferencias diarias acumuladas surgen de la brecha entre el precio real de compra por parte de las distribuidoras y el valor del gas PIST reconocido en tarifas.
Incrementos según la segmentación
Teniendo en cuenta los tres niveles de segmentación y la cantidad de subzonas en las que se dividen las áreas de cobertura de las distribuidoras (21 con acceso al gas natural por red), de la aplicación del nuevo precio del gas en PIST resultarán 63 tarifas diferentes.
De todos modos, se estima que el impacto en la tarifa final será de aproximadamente el 15%, distribuido en un 21% para el nivel de segmentación 1 (el de mayor poder adquisitivo), del 19% para el nivel 3 (de ingresos medios, según se supere o no el tope de consumo correspondiente) , en tanto no habrá incremento para el nivel 2 (de bajos recursos).
La Resolución 97/2023 aprobó los cuadros tarifarios para Metrogas, la 98/2023 para Camuzzi Gas Pampeana, la 99/2023 para Camuzzi Gas del Sur, la 100/2023 para Gas Nea y la 101/2023 para Litoral Gas.
Asimismo, la resolución 102/2023 rige para Gasnor, la 103/2023 para Gas del Centro, la 104/2023 para Distribuidora de Gas Cuyana, la 105/2023 para Naturgy Ban y la 106/2023 para Redenga.