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Elecciones 2023: de cuánto es la multa por no votar en las PASO

Con el objetivo de definir listas de los precandidatos de cada alianza política o frente electoral que luego competirán en las elecciones generales del 22 de octubre, el próximo domingo 13 de agosto se llevarán a cabo las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO).

En las PASO se puede votar a más de una agrupación política, pero siempre y cuando sea para distintos cargos. En rigor, es posible cortar boleta y elegir a un precandidato a presidente de un partido y un precandidato a diputado de otro. Pero en caso de que se votara a dos candidatos para el mismo cargo, el sufragio quedará anulado.

Debido a que en nuestro país el voto es obligatorio para todos los argentinos, nativos o por opción, que tengan entre 16 y 70 años, aquellos ciudadanos que no se presenten en las PASO 2023 recibirán una multa por incumplir con su responsabilidad cívica.

¿De cuánto es la multa por no votar en las PASO 2023?

Según consta en el artículo 125 de la Constitución Nacional, “se impondrá una multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de 70 años que dejaré de emitir su voto y no justifique su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección”.

En consecuencia, las multas por no votar son las siguientes:

– Si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar: $50;

– Si el elector tiene 1 infracción previa sin regularizar: $100;

– Si el elector tiene 2 infracciones previas sin regularizar: $200;

– Si el elector tiene 3 infracciones previas sin regularizar: $400;

– Si el elector tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500.

Cabe destacar que aquellos ciudadanos y ciudadanas que no abonen esa multa quedarán registrados como infractores. Esto implica que no pueden hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

¿Cómo consultar si tengo multas por no votar?

Para consultar si tengo una multa antes de asistir a votar en las PASO 2023, se puede consultar el Registro de Infractores de la Justicia Nacional Electoral (infractores.padron.gov.ar).

Una vez en el sitio, hay que completar los siguientes campos:

– Indicar DNI, género y distrito electoral.

– Verificar el código Captcha.

– Seleccionar el botón “Consultar”.

¿Quiénes pueden votar en las PASO 2023 en Argentina?

En las PASO 2023 en Argentina podrán votar todas las personas que figuren en el padrón electoral. La legislación especifica que “son electores los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los 18 años de edad” que no estén inhabilitados por ley a emitir el voto.

El voto es obligatorio para los mayores de 18 años y los menores de 70. En tanto, los jóvenes de 16 y 17 años, y los adultos mayores de 70 años pueden ausentarse en las elecciones sin necesidad de presentar una justificación ante la Justicia Electoral.

En cambio, hay grupos de personas que están exentos de participar en los comicios, pero que deben presentar una justificación válida frente a la Justicia Electoral para no ingresar al Registro de Infractores. Estos son:

  • Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial;
  • Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;
  • Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares (los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente);
  • El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

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