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San Juan retrocede a Fase 1: aquí el detalle de lo que vuelve a restringirse y lo que queda habilitado

Lo que empezó siendo apenas un rumor de pasillo, se confirmó. Efectivamente San Juan pasa por su momento más delicado.

El Gobierno Provincial anunció en la tarde de este viernes, que la medida arranca este sábado 22 de agosto a las 00 y será por los próximos 14 días. Tras los 22 casos de coronavirus detectados en las últimas 48 horas, uno en Santa Lucía y el resto en Caucete, las autoridades provinciales decidieron regresar al aislamiento preventivo, social y obligatorio. Esto quiere decir que se suspenden en toda la provincia toda actividad que no sea esencial. Es decir las deportivas, culturales, el turismo interno, y dispone además el cierre de todos los shoppings y lugares de entretenimiento. 

El aislamiento solo permite desplazamientos mínimos e indispensables hacia supermercados, farmacias, ferreterías, veterinarias y comercios de proximidad.

A continuación, las medidas provinciales detalladas para la prevención del coronavirus:

-Los bares, restaurantes, y todo local de elaboración y venta de comidas y bebidas solo podrá tener abierto su comercio para el expendio de alimentos bajo la modalidad de entrega a domicilio o retiro del local sin permanencia de gente en el mismo.

-Se dispone el cierre de todos los shoppings y lugares de entretenimiento y la atención restringida en los rubros alimentos, combustibles y medicamentos. Los supermercados minoristas deberán implementar horarios diferenciales para la población en riesgo.

-Las entidades bancarias deberán instrumentar los mecanismos necesarios para atender a sus clientes vía cajeros automáticos y banca electrónica.

-Cierre de todas las plazas hoteleras, campings y lugares de hospedaje.

-Suspensión de todo evento público y privado y prohibición de reuniones festivas, religiosas o de cualquier otra índole.

-Se restringe la actividad de la administración pública, la que trabajará con guardias mínimas indispensables para su funcionamiento.

-Queda restringida la circulación en espacios públicos y la práctica deportiva en espacios abiertos o cerrados.

-El transporte público urbano e interurbano operará con capacidad restringida.

-Se deberán instrumentar todas las acciones pertinentes para garantizar la prestación de los servicios esenciales en condiciones de seguridad para quienes participen en los mismos.

-Se invita a los municipios a acompañar las medidas adoptadas en el marco de sus respectivas incumbencias.

-Se cerrará al acceso del público a los espacios turísticos y culturales de la provincia, solicitando a los municipios que adopten similares medidas.

Sanciones

Habrá sanciones administrativas y/o denuncia penal para infractores a estas reglas.

Se incorporaron al proceso de Flagrancia los artículos 203 y 205 del Código Penal para el procedimiento ejecutivo de los delitos contra la salud pública.

Quedan exceptuadas aquellas personas cuyas funciones se desempeñen en:

Salud, Seguridad, Defensa, Migraciones, Bomberos, Autoridades Gubernamentales, Justicia (de acuerdo a lo dispuesto por el Poder Judicial) y Diplomáticos.

Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

Comedores escolares, comunitarios y merenderos.

Los servicios de comunicación audiovisual-gráficos.

Industrias de: alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, lavandería, obra pública, petróleo.

Recolección de residuos y servicios públicos básicos.

Transporte público urbano.

Transporte de carga.

Estaciones de servicios sólo para abastecimiento.

Cajeros automáticos.

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