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AUDIO | El Gobierno modificó el régimen de movilidad jubilatoria: cómo funciona

El Gobierno publicó su anunciado Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para modificar el índice de movilidad jubilatoria. A pesar de lo que había sido informado por el Poder Ejecutivo, los jubilados cobrarán su haber con la nueva fórmula, que estará atada al Índice de Precios al Consumidor del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), recién en los haberes de julio. 

Este miércoles, la abogada Soledad Menin mantuvo una entrevista con radio Sarmiento para explicar con mayor detalle cómo se implementará esta nueva normativa.

Cómo funciona la nueva fórmula de movilidad jubilatoria

A partir de abril comenzarán a regir los adelantos que serán “a cuenta” de los futuros aumentos. Esto significa que las subas que recibirán los jubilados serán restadas posteriormente de la suba de junio. «Se descontarán los puntos porcentuales de los incrementos acumulados que la persona beneficiaria hubiera percibido», explicita la nueva norma.

Por su parte, en abril se cobrará el ya anunciado 12,5% de “incremento extraordinario”, junto a un adelanto de la movilidad correspondiente a junio. Mientras que en mayo habrá otro adelanto de la movilidad correspondiente a junio. Por último, para junio, el decreto establece que se aplique la vieja fórmula de movilidad trimestral, sin aumentos extra, y con el descuento de las subas a cuenta.

El Ejecutivo consideró que “es necesario establecer una nueva pauta de movilidad basada en la actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor”. Para esto se tomará para cada mes el último índice de inflación del INDEC conocido, que corresponde «al mes previo al mes anterior al del pago de la movilidad».

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